El ejemplo más obvio del concepto factor de forma «form factor» si hablasemos de ordenadores, señalaría las diferencias entre un ordenador de sobremesa y un portátil. Si bien ambos tienen las mismas piezas, éstas tienen formas diferentes y están ensambladas de maneras distintas.
Nuestro factor de forma DTM está evidenciado en una disposición específica y una orientación privilegiada en beneficio de los elementos que se adhieran (sensores, detectores, videovigilancia) así como la posición del anclaje. También esta determinado implícitamente en la patente US10235851B2 al señalar en nuestra primera reivindicación que se trata de un sistema de seguridad contra incendios que comprende un primer elemento de detección de incendios conectado mediante un puente flexible a un segundo elemento de detección de incendios.
Siendo el objeto del factor de forma la búsqueda de la estandarización, marcamos una ciencia revolucionaria o cambio de paradigma que, además de eliminar la fricción, consigue no solo adaptarse al ecosistema home, sino superar los más altos estándares en seguridad. Ponemos hoy en relieve nuestros intangibles transformacionales que ofrecen la posibilidad de crear productos singulares que empoderan todavía más la patente.
Sabíamos que el futuro que anunciábamos llegaría pronto, pero lo que no contábamos es que ese futuro nos fuera arrebatado por un gigante tecnológico que conocía nuestros desarrollos y se hacía valedor de nuestra innovación, a sabiendas de la oportunidad y de nuestra aparente escasa musculatura como startup.
Aunque estamos inmersos en tratar de poner orden en todo este laberinto lo más importante es la tendencia transformadora ya señalada para beneficio de la humanidad, evitando miles de víctimas y perdidas económicas multimillonarias para todos los países (500 millones al año para indemnizar incendios solo en España) https://www.unespa.es/notasdeprensa/500-millones-incendios-inmuebles-2019-2020/
Seguiremos trabajando para evitar que muchas vidas y hogares se conviertan en cenizas y haremos que los infractores que carecen de nuestro consentimiento para la explotación de nuestra invención se vean obligados a alcanzar acuerdos y reconocernos legalmente como titulares.
Equipo DTM